El sábado vuelven a aumentar los precios de las naftas y el gasoil

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El incremento se aplicará a partir del sábado 1° de junio, cuando vence la prórroga del Impuesto a los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono • El Gobierno pide no trasladar todo el incremento para evitar más inflación • El incremento final puede llegar al 3,5% o 5%, como máximo.

A partir del próximo sábado primero de junio vuelven a aumentar los precios de los combustibles por una actualización de entre 1% y 1,5% de los impuestos a la nafta y el gasoil permitido por el Decreto 466 firmado por Javier Milei, el saliente Nicolás Posse y Luis Caputo.

Con esta medida, se decidió sostener virtualmente el congelamiento de precios en los surttidores. Sin embargo, el aumento total se ubicaría entre 3,5% y 5%.

Según el decreto, el aumento de combustibles a partir del 1 de junio será de $10,74 por cada litro de nafta y de $9,18 para el gasoil, sin zonas diferenciales. Si a éste último valor se le agrega la zona diferencial el impuesto total al gasoil llega a $13,644.

• ¿Por qué aumentan los combustibles?

En junio se vencía la prórroga del Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) y el Impuesto al Dióxido de Carbono (IDC) correspondiente al último trimestre del 2023 y el Poder Ejecutivo tenía que decidir tenía que decidir si continuaba con el congelamiento dispuesto a fines de abril o si volvía a actualizarlo de acuerdo a la inflación pasada acumulada.

La decisión fue descongelar, pero aplicar un porcentaje muchísimo inferior a la inflación acumulada en los últimos tres meses del año pasado, cuando el alza de precios fue de 8,3% en octubre,12,8% en noviembre y 25,5% en diciembre, según el INDEC. Ese trimestre acumuló 46,6%. En ese caso el aumento de impuestos a la nafta debería haber sido de $70 por litro y de $45,50 para el gasoil.

El Decreto 466/2024 publicado en el Boletín Oficial argumentó que esta medida de alivio tiene el fin de estimular el crecimiento de la economía, garantizando un sendero fiscal sostenible, sim embargo libera a partir de julio próximo a trasladar el total de la inflación correspondiente a los primeros tres meses del 2024. “Resulta razonable diferir parcialmente los efectos de los incrementos que resultarían aplicables a partir del 1° de junio de 2024”, justifica la normativa.

Y luego agregó: “Para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1° de julio de 2024, inclusive, deberá considerarse el incremento total en los montos de impuesto”.

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