El Gobierno Nacional eliminó un esquema que regía desde hace más de 20 años. Hasta ahora, quienes prestaban servicios bajo contratos en la Administración Pública nacional tenían sus salarios vinculados a una referencia clara: debían percibir ingresos equivalentes a los trabajadores de planta permanente según categoría, funciones y carga horaria. Ese mecanismo automático de referencia ya no rige.
El Gobierno nacional avanzó con una modificación relevante en el régimen laboral del sector público y eliminó el sistema que utilizaba para definir cuánto debían cobrar los empleados estatales contratados. La medida quedó oficializada mediante la Decisión Administrativa 26/2026, publicada en el Boletín Oficial, y abre un nuevo escenario para miles de trabajadores bajo esa modalidad.
Hasta ahora, quienes prestaban servicios bajo contratos dentro de la administración pública nacional tenían sus salarios vinculados a una referencia clara: debían percibir ingresos equivalentes a los trabajadores de planta permanente según categoría, funciones y carga horaria. Ese esquema quedó sin efecto precisó BAE.
Qué cambió en los salarios de los contratados del Estado
La nueva disposición dejó sin vigencia la Decisión Administrativa 3/2004, norma que durante más de dos décadas reguló la liquidación salarial del personal contratado.
Ese sistema establecía que:
El salario debía equipararse al nivel correspondiente del personal permanente
La remuneración se ajustaba según la cantidad de horas trabajadas
Existía un adicional por grado vinculado con experiencia y formación
Recursos Humanos debía validar antecedentes laborales y académicos
Con la derogación, desaparece ese mecanismo automático de referencia salarial.
Cómo se calculaban los salarios antes
El esquema anterior tomaba como base el régimen escalafonario del empleo público nacional. Esto significaba que si un trabajador contratado realizaba tareas similares a un empleado de planta permanente, debía recibir una remuneración equivalente dentro de esa categoría. Además, se contemplaban extras relacionados con antigüedad laboral; formación profesional; especialización técnica y responsabilidad del cargo.





